lunes, 26 de enero de 2009

UNA BUENA NOTICIA

Extraido de ElArgentino.com

La Cámara habilitó a Eduardo Mondino

26-01-2009 / La Sala en lo Contencioso Administrativo Federal decidió que el Defensor del Pueblo puede actuar contra el aumento de las tarifas eléctricas. Revocaron el fallo en primera instancia de la jueza Cecilia Gilardi de Negre que había considerado que "no tiene legitimidad para plantear una acción colectiva".

La Sala en lo Contencioso Administrativo Federal compuesta por lo jueces Carlos Greco, Sergio Fernández y Jorge Argento revocó el fallo de primera instancia de la magistrado Cecilia Gilardi de Negre que le impedía al Defensor del Pueblo, Eduardo Mondino, actuar en la causa de las tarifas eléctricas. La sentencia no se expide sobre el fondo del asunto. De esta forma, la Justicia le la legitimidad al funcionario para disponer la suspensión del incremento en las facturas. La primera sentencia había considerado que el funcionario "no tiene legitimidad para plantear una acción colectiva". Pero Mondino apeló ante la Cámara fundamentando que está facultado a defender los derechos de los usuarios y consumidores, tal cual como marca el artículo 43 de la Constitución Nacional.

Mondino fue habilitado a accionar contra el aumento de tarifas.



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Extraido de criticadigital.com

El defensor del Pueblo tiene derecho a reclamar contra el tarifazo de luz

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal reconoció este lunes la legitimidad del Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, para cuestionar las resoluciones que habilitaron la suba de las tarifas eléctricas, revocando un fallo anterior.

Los magistrados Jorge Argento, Carlos Manuel Grecco y Sergio Fernández dijeron que "la cuestión suscitada se relaciona con un aspecto sustancial de los derechos de los usuarios del servicio público de distribución de energía eléctrica, tal como es lo atinente al valor de las tarifas".

Y agregaron: "El tema ventilado en las presentes se corresponde, prima facie, con una de las materias que autoriza la legitimación procesal del Defensor del Pueblo de la Nación, por lo que corresponde hacer lugar a la apelación de la actora y revocar el pronunciamiento de grado".

Por lo que dispusieron "se remitan las presentes a la primera instancia a fin de que su titular entienda en la medida cautelar peticionada por la actora".

De esa manera, el tribunal revocó el fallo del juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 9 que no había hecho lugar al pedido de Mondino, para que a través de una medida cautelar se suspendan las resoluciones del Poder Ejecutivo que habilitaron aumentos en las facturas por el servicio eléctrico.